jueves, 22 de noviembre de 2018



Identificación de las partes:
Franquiciador o franquiciante (titular de la franquicia) y franquiciado o franquiciatario (entidad que desea explotar productos o servicios franquiciados).
Obligaciones sobre el establecimiento y el personal.
Obligaciones respecto de las marcas cedidas.
Obligaciones de compra únicamente al franquiciador, al menos, en los elementos esenciales del contrato.
Disposiciones sobre precios recomendados de reventa de los productos o servicios.
Disposiciones relativas a la exclusividad, territorio y relaciones con otros franquiciados de la red.
Obligaciones de las partes respecto a la publicidad de la marca y la franquicia.Resultado de imagen para franquicias


Obligación de confidencialidad

El franquiciador podrá exigir al potencial franquiciado un deber de confidencialidad de toda la información precontractual que reciba o vaya a recibir del franquiciador.
Disposiciones sobre la duración del contrato, su terminación, el preaviso y las condiciones para después de su extinción (cláusulas de indemnización por daños o por clientela).
Para comercializar determinados tipos de productos o servicios y que comprende, por lo menos:
·         El uso de una denominación o rótulo común u otros derechos de propiedad intelectual o industrial y una presentación uniforme de los locales o medios de transporte objeto del contrato.
·         La comunicación por el franquiciador al franquiciado de unos conocimientos técnicos o un saber hacer, que deberá ser propio, sustancial y singular.
·         La prestación continua por el franquiciador al franquiciado de una asistencia comercial, técnica o ambas durante la vigencia del acuerdo; todo ello sin perjuicio de las facultades de supervisión que puedan establecerse contractualmente.

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